Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal se fundamenta en el artículo 18 de la constitución española sobre el derecho a la intimidad familiar y personal y el secreto de las comunicaciones y lleva en vigor en España desde el año 2000. En 2016 fue aprobado el Reglamento Europeo de Protección de Datos y se dio un plazo de dos años (mayo de 2018) para llevar a cabo una serie de modifcaciones importantes en la gestión de todas las empresas. A continuación indicamos brevemente algunos de los cambios:
  • Los datos que se recojan han de ser solo los necesarios para cumplir con el fin con el que van a ser utilizados, nada más.
  • Especificar que los datos van a ser recogidos y con qué fin van a usarse. Se necesitará un consentimiento expreso.
  • Facilitar un modo de contacto para que la persona pueda cancelar o rectificar sus datos, además de especificar quién está a cargo de esos datos.
  • La persona que proporciona los datos debe consentir a ello y saber que ese consentimiento puede ser revocado si existe causa justificada.
  • Deberán tomarse medidas técnicas y organizativas para garantizar en todo momento la seguridad de los datos y evitar alteraciones, pérdidas o accesos no autorizados.
Cumplir con la Ley de Protección de Datos es obligatorio para cualquier pyme, ya que el tratamiento de datos personales es extremadamente sensible, y una mala gestión de los mismos puede acaber en sanción. Para evitarlo, y cumplir con la legalidad, ofrecemos asesoramiento integral en la adaptación al nuevo reglamento. No duden en contactarnos para solicitar presupesto sin compromiso.   Victoria Rodríguez.