Las principales modificaciones recaerán sobre las empresas que no sean Servicios de Prevención

Con carácter general, a partir de la publicación del nuevo Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector Metal (CEM), sólo podrán solicitar la homologación para impartir formación en materia de prevención de riesgos laborales las entidades que estén constituidas como Servicios de Prevención ajenos acreditados por la autoridad laboral, o las empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del citado convenio que dispongan de una organización preventiva propia. Además, las mencionadas entidades tendrán que satisfacer, en su caso, las tasas que se fijen, tanto por la actualización del expediente como por la comunicación de las acciones formativas. Las entidades actualmente homologadas podrán renovar su acreditación hasta el 31 de julio de 2016, perdiendo la homologación para las actividades del metal aquellas que no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior. Por otro lado, desde el 1 junio de 2016, FMF va exigir a todas las entidades actualmente homologadas la obligación de comunicar los cursos que se vayan a realizar.  

Europreven garantiza la correcta gestión de la formación homologada de la Fundación Laboral de la Construcción (FLC)

Como Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Ajeno, estamos en posesión de la acreditación necesaria para impartir este tipo de formaciones. Además, tras los recientes cambios estatutarios en el sector de la construcción, es necesario realizar la parte no presencial de los cursos de manera telemática, por lo que se hace necesario contar con una plataforma de teleformación para controlar la correcta ejecución de la formación. Otra modificación reciente ha sido la inclusión de plazos entre la primera sesión presencial del curso, y la última. Este plazo será de tres semanas.   Como siempre quedo a vuestra disposición para cualquier aclaración adicional.   Victoria Rodríguez formacion@grupoiter.es